Objeto de la valoración inmobiliaria

Pueden ser objeto de tasación o valoración inmobiliaria todos los bienes inmuebles y derechos reales, así como las cargas y gravámenes susceptibles de recaer sobre ellos:

Bienes inmuebles:

  • Edificios y elementos de un edificio: viviendas, locales comerciales, oficinas, apartamentos, plazas de garaje y trasteros.
  • Naves industriales
  • Fincas rústicas
  • Solares y terrenos
  • Inmuebles vinculados a explotaciones económicas

Los derechos reales

  • Usufructo: Derechos de uso y disfrute sobe los productos o rentas de una finca
  • Uso y habitación
  • Servidumbres: Servidumbres o gravámenes de una finca en favor de otra
  • Concesiones administrativas
  • Derechos de superficie

Otras cargas o gravámenes (susceptibles de inscripción registral)

  • Embargos
  • Arrendamientos
  • Hipotecas y ventas con pago aplazado
  • Opciones de compra o compraventa con pacto de retro
  • Afectaciones por expropiación
  • Notas marginales del Impuesto de Plusvalía
  • Renta vitalicia
  • Censo enfileútico: cambio del dominio útil de una finca por el compromiso de pagar una cantidad al propietario o a su descendencia a perpetuidad o por un periodo predeterminado

También se pueden evaluar construcciones, elementos o partidas de construcciones, coste de reparaciones, perjuicios, daños, indemnizaciones, etc.

La metodología a seguir en cada caso depende de la finalidad de la tasación y del objeto a valorar.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies