Registro de Certificado de Eficiencia Energética de la Comunidad Valenciana

El registro y la tramitación de los certificados de eficiencia energética de edificios existentes se realizará de forma telemática mediante un servidor con acceso a través de Internet

Los agentes que pueden acceder al registro de los certificados de eficiencia energética son los propietarios del edificio (o persona en quien delegue el registro) y los técnicos certificadores. Para poder acceder al Registro de edificios existentes, los propietarios y técnicos competentes deben estar en posesión de Certificado Digital de Ciudadano.

El Certificado Digital se puede obtener de forma presencial, aportando DNI, NIE o pasaporte (original y fotocopia), o bien en los Colegios Profesionales y Administraciones Públicas de la CV. Los lugares se pueden consultar en: http://www.accv.es/ciudadanos/certificados/certificados?en?soporte?software/. También es válido el certificado de usuario obtenido en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Tanto el propietario como el técnico pueden dar de alta el expediente, rellenar los Datos Generales del Expediente y los datos de los Agentes, convirtiéndose en el Gestor del expediente. Pero será el técnico certificador el que posteriormente introducirá los datos técnicos de la Calificación. A la finalización del proceso, el Gestor del expediente (propietario o técnico certificador) deberá validar el expediente, en el apartado Datos Generales para el cierre del expediente, la obtención del Documento de Registro y la publicación de la Etiqueta de Eficiencia Energética en la parte pública del Portal Web de Registro

Si el propietario delega en otra persona el alta del expediente, se deberá aportar el modelo de delegación del propietario en el Gestor del Expediente junto con una fotocopia del DNI del propietario y una fotocopia del DNI de la persona en quien delega.

En la sección “Documentación”, el técnico certificador deberá introducir los archivos informáticos generados por la herramienta utilizada para el cálculo de la calificación energética del edificio o parte del edificio.

etiqueta-de-calificación-energéticaUna vez completado el registro y validado el expediente, se puede descargar la etiqueta de eficiencia energética en la parte pública del portal.

Tras la validación por parte del gestor del expediente, “el órgano competente en materia de certificación energética en la Comunidad Valenciana se reserva el derecho de llevar a cabo las inspecciones que considere necesarias con el fin de comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificados de eficiencia energética de edificios”

El órgano competente en materia de certificación energética en la Comunidad Valenciana, la IVACE?Energía (Agencia Valenciana de la Energía), puede llevar a cabo comprobaciones e inspecciones que considere necesarias con el fin de comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación energética de edificios. Por ello es necesario que tanto el propietario como el técnico competente faciliten los datos de contacto de manera que IVACE?Energía pueda ponerse en contacto con estos agentes. Falsear la información en el registro de certificados de eficiencia energética puede constituir una infracción en materia de certificación energética de los edificios.

Acceso al Portal Web de Registro de Certificación Energética de la Comunidad Valenciana: http://gcee.aven.es

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