La importancia del valor catastral

Tasador de Vivienda, local comerical, nace insutrial y terreno urbano en Sagunto y Puerto de Sagunto

Se ha publicado la Orden 1/2015 que se establece los coeficientes aplicables en 2015 al valor catastral a los efectos de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones por los hechos imponibles producidos en 2015, que nos recuerda la importancia de comprobar el valor catastral de nuestros inmuebles

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Toni Blay via Compfight

Los coeficientes correspondientes al ejercicio 2015,se aplicarán para estimar, por referencia al valor catastral, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Los coeficientes a los que se aplicarán a todos los bienes inmuebles de naturaleza urbana con las siguientes excepciones:

  1. Los inmuebles que no tengan valor catastral o cuyas características físicas y urbanísticas no coincidan con las tenidas en cuenta para determinar su valor catastral.
  2. Los solares y demás terrenos que se encuentren sin edificar.
  3. Los solares o terrenos infraedificados, entendiendo por tales aquellos en los que la edificabilidad materializada en la parcela sea inferior al 30 % de la máxima permitida por el planeamiento urbanístico para dicha parcela.
  4. Las viviendas unifamiliares aisladas.
  5. Las plazas de aparcamiento, y los trasteros en locales de garaje o aparcamiento.
  6. Las naves industriales.
  7. Los inmuebles declarados en ruina o con expediente de declaración de ruina incoado, y los inmuebles que vayan a ser objeto de demolición, reconstrucción, o rehabilitación integral.
  8. Los bienes inmuebles de interés cultural (BIC) y los bienes inmuebles de relevancia local (BRL), incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, a los que se refiere los puntos 1.º y 2.º del apartado 2 del artículo 15 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, de Patrimonio Cultural Valenciano, así como los demás inmuebles que se encuentren incluidos en el Catálogo de protecciones del correspondiente municipio, al que se refiere el artículo 42.5 y el anexo VI de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana, y que tengan atribuido los niveles de protección general integral o parcial.
  9. Las declaraciones de obra nueva o divisiones horizontales.

Desde BD Arquitecnia le ayudamos a recurrir el valor catastral de su vivienda o de otro bien inmueble, realizando un informe técnico, según el caso, sobre:

  • cómputo de la superficie del inmueble
  • usos asignados al inmueble
  • características constructivas del inmueble
  • antigüedad
  • estado de conservación

Solicite información sin compromiso: info@bdarquitecnia.es / teléfono 696 41 26 09

Descarga el modelo para la Declaración Catastral Cambio de cultivo o aprovechamiento, cambio de uso o demolición o derribo de bienes inmuebles

Descargar (PDF, 467KB)

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