Se ha publicado en el BOE de 2 de febrero de 2012 Anuncio de la Secretaría de Estado de Energía por el que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.
![Certificación de eficiencia energética de edificios certificado de eficiencia energética en Sagunto](https://www.bdarquitecnia.es/wp-content/uploads/2012/02/imagesCAMM62VM1.jpg)
Este RD una vez aprobado establecerá las condiciones para la realización de certificaciones de eficiencia energética de los edificios existentes que sean objeto de compra, venta o arrendamiento, con el fin de promover edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía mediante la información objetiva que obligatoriamente se ha de proporcionar a los compradores y usuarios sobre sus características energéticas, en forma de un certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones.
El Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes será de aplicación a todos los edificios existentes, que a su entrada en vigor no dispongan de un certificado de eficiencia energética, cuando sean objeto de contrato de compraventa o de arrendamiento. Por tanto, todos los edificios existentes que sean objeto de contrato de compraventa o de arrendamiento deben disponer de un certificado de eficiencia energética. Dicho certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, pudiendo el propietario actualizarlo cuando crea conveniente.